Glovo

Los riders se apuntan un tanto por una publicidad de Glovo ‘engañosa’ con el colectivo

| 24 SEPTIEMBRE 2019 | ACTUALIZADO: 12 MAYO 2020 11:10

La lucha que mantiene el colectivo de Riders con Glovo por sus condiciones laborales se libra en cualquier ámbito. El último en el que se han encontrado es en el publicitario, donde los repartidores se han apuntado un nuevo tanto a cuenta de un anuncio donde la empresa de reparto a domicilio dibujaba una imagen de estos que no se ajustaba a la realidad.

A principios de julio la Asociación Autónoma de Riders (AAR) presentó una reclamación a Autocontrol contra una publicidad difundida en televisión y a través de Facebook. En el anuncio aparecían varios repartidores de Glovo realizando distintos pedidos junto a sobreimpresiones en pantalla con los sueldos que ganaban con su trabajo.

En su escrito, la plataforma encargada de defender los intereses de este colectivo consideraba la publicidad ‘engañosa’ por invitar al público a formar parte de la plantilla de Glovo sin desvelar los requisitos indispensables para acceder al puesto ni aclarar que las cantidades que aparecen en pantalla no están libres de gastos.

En particular, la AAR exponía que no se desvela que es requisito indispensable ser trabajador autónomo, poseer un teléfono móvil de alta gama, tener fondos suficientes para datos móviles y realizar llamadas, así como disponer de un medio de transporte.

Por otra parte, reclamaba que el mensaje que daba a entender que existe la posibilidad de ganar cinco euros por un recorrido de 1,5 kilómetros es falso. Acompañaba esta refutación de varios documentos en los que se mostraban las ganancias obtenidas con distintos recorridos en distintas ciudades. Según se podía apreciar en esta documentación, por un distancia de 1.4 kilómetros se ingresan 2,96 euros.

La Sección Quinta del Jurado de Autocontrol descartó la primera cuestión al entender que la publicidad analizada no era susceptible de inducir a error al público. No obstante, en lo que respecta a la segunda, valoró que el mensaje de ganancias emitido era «claro e inequívoco».

Esto, unido a que el anunciante optó por no participar en el procedimiento ni aportar pruebas contra la documentación de la AAR, llevó al Jurado a concluir que la publicidad era incompatible con la norma 14 del Código de Autocontrol. Según el contenido de esta norma, un anuncio es engañoso «que omita información necesaria para que el destinatario pueda adoptar una decisión sobre su comportamiento económico con el debido conocimiento de causa».