La CNMC multa a SGAE con 6,4 M€ por las tarifas que cobra a radios y televisiones
La CNMC ha multado con 6,4 millones de euros a SGAE por incurrir en dos infracciones de abuso de posición de dominio derivadas de prácticas tarifarias en el marco del licenciamiento de derechos de propiedad intelectual sobre obras musicales y audiovisuales empleados por operadores de radio y televisión en sus respectivas programaciones.
Tanto para los derechos de obras musicales, como para los de obras audiovisuales, la SGAE ha diseñado y aplicado unas “tarifas por uso efectivo” tan elevadas, en comparación con las “tarifas por disponibilidad promediada” (tarifas planas), que no suponían, en términos generales, una verdadera alternativa a estas últimas, ni para las emisoras de radio ni para las de televisión.
De lo anterior se derivan dos potenciales consecuencias desfavorables desde una perspectiva de competencia. En primer lugar, la gran mayoría de usuarios se han visto empujados a pagar a la SGAE precios desligados de la utilización real que hacen de su repertorio, tanto en lo que se refiere al número de obras como a la intensidad de su uso (abuso explotativo). Asimismo, la aplicación prevalente de tarifas planas dificulta la entrada y expansión de competidores de la SGAE, reforzando su posición de dominio (abuso exclusionario).
La razón de esto último es que, al estar abonando una tarifa plana por el uso de un repertorio tan extenso como el de la SGAE, los usuarios ven drásticamente limitados los incentivos para la contratación de otros repertorios alternativos.
Para los derechos de obras musicales, este efecto de exclusión se ve, además, reforzado por la conducta de la SGAE consiste en presentar a los usuarios su repertorio musical como universal y ofrecer garantías de indemnidad frente a eventuales reclamaciones de terceros, por el uso de derechos no pertenecientes su repertorio, limitando en mayor medida, los incentivos de dichos usuarios para contratar con competidores de la SGAE.