Competencia vuelve a arremeter contra la pauta única de Mediaset y Atresmedia

| 23 MAYO 2016

La pauta única es una estrategia acometida por los dos grandes grupos televisivos que consiste en que todos sus canales hacen la pausa publicitaria a la vez y con los mismos anuncios. Atresmedia fue la pionera y lo implantó en 2009. Dos años después, le siguió Mediaset.

Con la pauta única, estos grandes grupos comercializan la publicidad de sus canales conjuntamente. Si no existiese esta estrategia, canales como Neox (Atresmedia) o FDF (Mediaset), con exiguos niveles de audiencia, tendría muy complicado negociar campañas con los anunciantes y sus agencias de medios.

No solo existe un rédito económico para los grupos televisivos, al maximizar sus beneficios publicitarios; para los anunciantes también tiene la ventaja de que sus spots son vistos en varios canales a la vez, con lo que la audiencia aumenta y sus mensajes llegan a diferentes targets.

Sin embargo, la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) no parece conforme con la pauta única. Y es que las pausas comerciales son establecidas por la cadena principal (Antena 3 o Telecinco), con lo que los diálogos o secuencias de los canales minoritarios quedan interrumpidos de forma perjudicial para el espectador. En este sentido, la Ley 7/2010, de 31 de marzo, de la Comunicación Audiovisual, en su artículo 14, referido al derecho a emitir mensajes publicitarios, establece en su punto 4 que «los mensajes publicitarios en televisión deben respetar la integridad del programa en el que se inserta y de las unidades que lo conforman«.

La CNMC ha sancionado a Mediaset y Atresmedia con una multa de 300.000 euros a cada uno por «no respetar la integridad de sus programas».

Con esta Ley en la mano, la CNMC ha decidido sancionar a Atresmedia y Mediaset con una multa de 300.000 euros a cada uno.  En el caso de Atresmedia, el organismo público se refiere a interrupciones publicitarias en diferentes programas de los canales Neox, Nova y Mega en los meses de agosto y septiembre de 2015. Por su parte, en Mediaset los canales señalados son Divinity y Energy durante el mismo periodo de tiempo.

Expediente sancionador a Atresmedia

Además de estas multas, contras las que los grupos mediáticos podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en un plazo de dos meses; la CNMC ha abierto un expediente sancionador contra Atresmedia por una posible vulneración del artículo 18.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual, que prohíbe “la comunicación comercial encubierta y la que utilice técnicas subliminales”.

En concreto, el 5 de abril de 2016 la Asociación Española de Afectados por Intervenciones de Cirugía Refractiva hizo llegar a Competencia una denuncia en la que informaba sobre la posible emisión de publicidad encubierta de la Clínica Baviera, en el programa “Objetivo Bienestar”, emitido en el canal Nova de Atresmedia, el 20 de marzo de 2016.

La multa por estos hechos podría ascender a una cantidad comprendida entre 100.001 euros y 500.000 euros. Competencia tiene un plazo de seis meses para resolver esta notificación.