La CNMV saca a consulta la regulación de la publicidad masiva de las criptomonedas

| 16 JUNIO 2021 | ACTUALIZADO: 17 JUNIO 2021 8:37

Las criptomonedas han encontrado su lugar en el sistema financiero y más de cuatro millones de españoles cuentan ya con inversiones en este mercado. Sin embargo, pese al crecimiento exponencial que están experimentando, todavía no existe una regulación completa que enmarque los riesgos de esta actividad y someta a control administrativo la publicidad de dichos activos para reforzar la protección del inversor.

Para ello, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha lanzado esta semana a consulta pública el proyecto de Circular que regula la publicidad de los criptoactivos y recopila a su vez las conclusiones extraídas de la consulta pública llevada a cabo entre el 5 y el 16 de abril.

En este documento se desarrollan “las normas, principios y criterios a los que debe sujetarse la actividad publicitaria” de los criptoactivos, se delimita “el ámbito objetivo y subjetivo de aplicación”, se concreta “la actividad publicitaria que debe ser sometida a un régimen de comunicación previa” y se fijan “las herramientas y procedimientos que se emplearán para hacer efectiva la supervisión” de esta publicidad.

El texto, que consta de siete normas, una disposición final y dos anexos, excluye algunas actividades profesionales como «los ‘white papers’ o las publicaciones que emitan los analistas y comentaristas independientes que no estén patrocinadas o promocionadas».

A pesar de que están sujetos a la aplicación de estas normas todos los proveedores de servicios sobre criptoactivos que realicen actividades publicitarias sobre los mismos, así como los proveedores de servicios publicitarios o cualquier persona física o jurídica que realice una actividad publicitaria sobre ellos, la CNMV ha puesto el foco especialmente en las campañas publicitarias masivas, donde también entrarían en juego los influencers.

En este sentido, la Comisión se refiere a aquellas dirigidas a más de 100.000 personas que hacen uso de cualquier medio publicitario como la televisión, la radio, los vídeos patrocinados, los medios impresos y digitales o las redes sociales. Para su regulación, en la Circular se han expuesto los requisitos de formato, contenido e información sobre riesgos que deberán reunir las mencionadas campañas.

Para todas ellas se exige que la publicidad sea «clara, equilibrada, imparcial y no engañosa» y la información sobre la rentabilidad de la criptodivisa sea «clara, exacta, suficiente y actualizada, de forma adecuada a su naturaleza y complejidad, las características de los medios de difusión utilizados y el público objetivo al que se dirijan», destaca la CNMV. Además, en el caso de vídeos o audios indican que “deberá indicarse al inicio de los mismos”.

Asimismo, advierte de que los mensajes publicitarios y la forma de presentarlos deberán “evitar crear impresiones o expectativas desproporcionadas o falsas que resulten como incentivo para operar con el criptoactivo o una apariencia distinta a la realidad sobre las características o duración de la oferta anunciada”.

Tal y como refleja la norma, tan solo será obligatoria la comunicación previa a la CNMV de las campañas publicitarias masivas, que deberán avisar al menos 15 días hábiles antes de su ejecución. Sin embargo, la CNMV se reserva el derecho de exigir a los sujetos obligados “información específica sobre las campañas o piezas publicitarias” con el fin de valorar el cumplimiento de los requisitos exigidos en la Circular e «informar a los sujetos obligados de los desajustes que aprecie en su actividad publicitaria y requerir el cese de la publicidad o su oportuna rectificación», según recoge el documento.