La CNMC continúa con su férreo marcaje a Mediaset y Atresmedia

| 3 DICIEMBRE 2015 | ACTUALIZADO: 3 DICIEMBRE 2015 8:33

Están siendo unas semanas difíciles para Atresmedia y Mediaset, en lo referente a las múltiples investigaciones que la CNMC ha abierto contras ambos grupos de comunicación.

Tras la confirmación de las sanciones por una infracción muy grave de la Ley 15/2007 del 3 de julio, la ley de Defensa de la Competencia, en relación al incumplimiento de las condiciones relativas al mercado de la publicidad televisiva, los grupos han visto como durante las últimas semanas el organismo regulador les ha abierto varios expedientes más.

El Grupo Atresmedia fue sancionado la pasada semana con el pago de una multa por valor de 34.007 euros por superar el tiempo reglado para los espacios publicitarios en sus canales La Sexta y Nova

Atresmedia y la CNMC

El Grupo Atresmedia fue sancionado la pasada semana con el pago de una multa por valor de 34.007 euros por superar, al igual que Mediaset, el tiempo reglado para los espacios publicitarios en sus canales La Sexta y Nova. Fuentes de Atresmedia consultadas por DIRCOMFIDENCIAL han asegurado que el grupo de comunicación está estudiando si van a interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, dada la pequeña cuantía de la sanción.

Pese a esta multa, la CNMC ha continuado con sus investigaciones y ha incoado varios expedientes sancionadores al Grupo Atresmedia, por diferentes motivos:

  • El 26 de noviembre por emitir mensajes publicitarios sin respetar la integridad de los programas en los que se insertan, ni de las unidades que los conforman. El artículo 14 la Ley General de la Comunicación Audiovisual establece que las interrupciones publicitarias que se efectúen durante los programas deben respetar su integridad y la de las unidades que los conforman.
  • El 2 de Diciembre por el presunto incumplimiento del requerimiento que la Comisión emitió en abril de 2015 para que efectuase una correcta adecuación de la calificación por edades de los contenidos de la serie “Dos hombres y medio”. La cadena habría vulnerado el artículo 7 de la Ley General de Comunicación, al calificar la serie como “apta para todos los públicos” y haber emitido desde el 30 de junio de 2015 hasta el 30 de octubre de 2015, 327 capítulos de esta serie, 20 de ellos ocupando parte de la franja horaria de protección reforzada.
  • También el 2 de diciembre por la emisión la película “American Playboy” con la calificación de no recomendada para menores de 12 años. La CNMC considera que la temática de la película, las imágenes de contenido sexual explícito y los contenidos relacionados con relaciones sexuales por interés económico merecen una calificación de +16 o +18.

Mediaset ha sido sancionada con 812.140 euros por superar el límite de emisión de publicidad en sus canales Telecinco y Cuatro

Mediaset y la CNMC

El caso de Mediaset es similar, el grupo ya ha sido sancionado con 812.140 euros por superar el límite de emisión de publicidad en sus canales Telecinco y Cuatro, lo que supone una vulneración leve de la normativa. Los hechos tuvieron lugar durante el paso mes de septiembre.

Pero al igual que con Atresmedia, la CNMC ha continuado con minucioso estudio de las acciones del grupo, al igual que su parrilla de contenidos, y ha encontrado varios problemas por los que se le han incoado varios expedientes sancionadores:

  • El 26 de noviembre por emitir mensajes publicitarios sin respetar la integridad de los programas en los que se insertan, ni de las unidades que los conforman. Específicamente por vulnerar el artículo 14 de la Ley General de Comunicación Audiovisual, al interrumpir la emisión de diferentes programas de Divinity y Energy con anuncios publicitarios en los meses de agosto y septiembre de 2015.
  • El 2 de diciembre por colocar publicidad encubierta en el programa “Sálvame”. Durante la emisión del programa “Sálvame” emitido los días 11 y 30 de junio de 2015 se difundió un microespacio de carácter divulgativo relacionado con la salud, denominado “Aprende a cuidarte” sin especificar que se trataba de un espacio publicitario, lo que pude ser una vulneración del artículo 18.2 de la LGCA.

Estos expedientes abiertos se instruirán durante los próximos seis meses, y ambas cadenas tienen 15 días para presentar alegaciones ante la CNMC.