RTVE acude a los tribunales para mantener ocultas las tarifas de sus colaboradores

| 3 SEPTIEMBRE 2019 | ACTUALIZADO: 4 SEPTIEMBRE 2019 13:08

A Radio Televisión Española (RTVE) se le vuelve a resistir la transparencia. El organismo público que más obstrucciones plantea cuando se trata de facilitar determinados datos vuelve a recurrir a los tribunales antes que corresponder a una solicitud de acceso a la información planteada por un ciudadano y estimada por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

El ciudadano en cuestión solicitaba conocer las tarifas de los colaboradores nacionales e internacionales durante el año 2018, incluyendo corresponsales, fotógrafos y todo tipo de colaboraciones de carácter informativo en cualquier formato comercializado por RTVE.

La corporación se tomó más de mes para contestar al reclamante. Cuando lo hizo esgrimió que la información reclamada era muy específica y recabarla muy complejo, por lo que se daba otro mes de plazo para dictar una resolución a la petición.

Dos meses después todavía no se había pronunciado y cuando el ciudadano insistió RTVE respaldó su negativa a satisfacer este interés argumentando que «no existe una base de datos en La que se automatice este tipo de información, sino que la misma está dispersa en documentos de todo tipo, contratos, facturas y otros expedientes, por lo que sería necesario hacer un informe ad hoc, que recogiera la información solicitada, dedicando además recursos personales en exclusiva a tan ingente tarea».

Tras este primer argumento aludía que el mismo órgano de Transparencia había reconocido la causa de inadmisición cuando el elevado volumen de la información haga incurrir a la Administración en circunstancias que «búsquedas masivas, tanto de forma electrónica como manual, en todas las bases de datos y expedientes».

A juicio de Transparencia, estas alegaciones no pueden prosperar, dado que
RTVE confunde la reelaboración con la extensa laboral de recopilación y exploración de la numerosa información. «La reelaboración nada tiene que ver con la cantidad de información solicitada»; llega a concluir. Como tampoco ve que exista una vulneración a la protección de datos personales porque “no existen datos de carácter personal que tengan la consideración de especialmente protegidos».

Así, pese a todo lo invocado anteriormente y el recurso ante los tribunales, en su último informe de resoluciones el órgano insta a la corporación a remitir una copia de la información reclamada.