El sector de los asuntos públicos aplaude la regulación definitiva del lobby en España

miércoles 26 de agosto del 2026

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El nuevo registro estatal culmina la normalización de los asuntos públicos, aproxima España a Bruselas, Francia y Alemania y aporta seguridad jurídica a empresas, patronales y consultoras

El Consejo de Ministros ha aprobado por real decreto-ley la regulación de los grupos de interés y la creación de un registro estatal, público y obligatorio. España culmina así una asignatura pendiente: reconocer plenamente la legitimidad del lobby y establecer reglas claras para las relaciones entre empresas, organizaciones sociales y responsables de la Administración General del Estado.

La norma llega con retraso respecto a la realidad económica. España ya ocupa la cuarta posición entre los países de la Unión Europea por número de grupos de interés inscritos en Bruselas, con más de 1.000, solo por detrás de Bélgica, Alemania y Francia, según datos publicados por este medio.

Las grandes empresas españolas llevan años trabajando bajo las reglas del Registro de Transparencia europeo, por lo que el nuevo sistema nacional no representa una ruptura, sino la extensión a Madrid de una práctica asumida en Bruselas.

El decreto constituye, en buena medida, una adaptación del modelo europeo. Recoge el registro previo, la identificación de los intereses representados, la información financiera, un código de conducta y la publicidad de las reuniones. Incorpora además elementos del sistema francés, supervisado por la Haute Autorité pour la transparence de la vie publique, y del alemán, que exige identificar los proyectos normativos y las posiciones defendidas.

El nuevo sistema nacional no representa una ruptura, sino la extensión a Madrid de una práctica asumida en Bruselas.

Para el IBEX 35, las grandes multinacionales instaladas en España y las patronales sectoriales, la regulación supone fundamentalmente seguridad jurídica. El lobby no era ilegal, pero carecía de un marco estatal completo. Ahora queda reconocido como una actividad legítima y necesaria para trasladar conocimiento empresarial a los procesos regulatorios.

Las compañías deberán identificar a sus representantes y clientes, declarar reuniones, actualizar su información y aportar los documentos utilizados en determinadas actuaciones de influencia. También se introduce la huella normativa, que permitirá conocer qué propuestas empresariales han sido aceptadas o rechazadas durante la elaboración de una norma.

La Asociación de Profesionales de las Relaciones Institucionales (APRI), que representa a los profesionales de los asuntos públicos y el lobby en España, valora positivamente la aprobación del real-decreto. Su presidente, Carlos Parry, ha comentado que «España necesita reglas claras que aporten transparencia, seguridad jurídica y confianza a la interlocución entre la sociedad civil y los poderes públicos. Llevamos más de quince años defendiendo la necesidad de regular nuestra actividad. Lo conocido hasta ahora supone un paso muy importante para la profesión y nos acerca a la aprobación definitiva de la regulación.”

Régimen sancionador

El régimen sancionador contempla multas de hasta 40.000 euros y, para los incumplimientos más graves, la suspensión o cancelación de la inscripción durante un máximo de cinco años. La verdadera penalización no será económica, sino quedar temporalmente excluido de la interlocución con la Administración.

Corporate Spain puede recibir favorablemente esta normalización definitiva. La transparencia desplaza la influencia desde el contacto informal hacia el conocimiento técnico, la evidencia y la capacidad de formular propuestas defendibles públicamente. Las empresas ganan control, trazabilidad y protección reputacional.

La seguridad política llega así a los asuntos públicos. A partir de ahora no tendrá mayor influencia quien afirme disponer de mejores contactos, sino quien represente intereses legítimos con más conocimiento, profesionalidad y transparencia.