Roberto Ruiz Ballesteros.

Roberto Ruiz Ballesteros: La comunicación de litigios: verdad y apariencia del proceso judicial

| 24 FEBRERO 2022

Las personas y las empresas sometidas a un procedimiento judicial tienen dos problemas. El primero, provocado por la propia investigación de fiscales y magistrados y, sobre todo, por sus potenciales consecuencias. Los tribunales deben dirimir si hay pruebas suficientes para condenarlos y determinar cuál tiene que ser la pena, lo que representa una clara amenaza para quien está bajo sospecha.

El segundo, el que en ocasiones discurre en un plano paralelo, el de la opinión pública. Ésta juzga sin piedad y condena casi al mismo tiempo a personas o entidades envueltas en asuntos judiciales mucho antes incluso de que los tribunales resuelvan.

Para enfrentarse a la primera contrariedad, los sujetos involucrados en una investigación judicial deben contratar a un especialista, un abogado experto en ese tipo de asuntos. El letrado pondrá sus conocimientos, su experiencia y su habilidad a disposición de su cliente para pelear por su inocencia en el marco de la causa, ante la corte que corresponda.

Para plantar cara a la segunda preocupación, sin embargo, las personas o empresas sujetas a un procedimiento judicial en muy contadas ocasiones acuden a un especialista, alguien que sepa luchar contra la también denominada pena de telediario. No hay cultura ni tradición de ello en España. Más bien al contrario, se piensa en términos generales en que la justicia lo arreglará todo. Existe una pueril confianza en que las cosas se pondrán en su sitio ante la opinión pública cuando la verdad judicial finalmente aflore. He conocido pocos errores de planteamiento tan profundos.

«Existe una pueril confianza en que las cosas se pondrán en su sitio ante la opinión pública cuando la verdad judicial finalmente aflore».

En primer lugar, porque esa resolución de los tribunales puede no ser satisfactoria. En ocasiones, el desenlace final no depende del buen hacer de los mejores abogados del país e incluso ni siquiera de que el cliente tenga razón en el fondo. El resultado también está en manos de autoridades administrativas (Agencia Tributaria, Abogacía del Estado, Policía Nacional o Guardia Civil), de la fiscalía, del juez y, en último término, de los magistrados que componen los altos tribunales de instancia. Confiar un elemento externo como es el juicio de la opinión pública al devenir de un asunto en el que puede intervenir tanta gente no parece lo más inteligente.

En segundo lugar, porque el daño que puede provocar un juicio paralelo en ocasiones resulta ser muy superior al de una condena penal. No han sido pocos los estropicios reputacionales provocados por un asunto de dimensiones aparentemente menores en los tribunales. Algunas empresas han visto reducir sus cuentas de resultados en muchos ceros y han tenido que despedir a miles de empleados por las consecuencias que sobre su imagen ha provocado un procedimiento judicial que ponía en duda su actuación en el marco de un tema puntual y sin apenas implicaciones monetarias. Incluso aunque años después la justicia terminara reconociendo su inocencia, la larga travesía por el laberinto de la sospecha ha provocado efectos devastadores sobre su modelo de negocio, por muy consolidado que éste estuviera. En poco tiempo, los clientes dejan de fiarse, la imagen de marca se hunde y hasta los proveedores tienden a desvincularse de la compañía.

«Confiar un elemento externo como es el juicio de la opinión pública al devenir de un asunto en el que puede intervenir tanta gente no parece lo más inteligente».

Apostar por un especialista en comunicación de litigios es, por lo tanto, tan necesario o más que contratar al mejor abogado. La reputación de una compañía o de una persona discurre al margen del procedimiento judicial, en otro escenario, aunque hayan sido los tribunales los que han encendido la mecha. Y en el terreno de la opinión pública las reglas no son las mismas que en la sala de justicia. El escenario, para empezar, no tiene puertas ni límites físicos. Tampoco normativos. El tribunal no está formado por una o unas pocas personas, sino por miles y hasta millones, que además no tienen estudios sobre la materia, sino únicamente su capacidad de prejuzgar y rebotar opiniones poco fundamentadas o apoyadas en argumentos no técnicos, basados en supuestas autoridades o influencers. La percepción, por lo tanto, se impone sobre la verdad, que ya de por sí resulta tremendamente compleja.

El especialista responsable de cuidar del prestigio de una persona o de una entidad envuelta en líos judiciales debe conocer cuáles son los tiempos de los procedimientos penales, civiles o contenciosos; ser capaz de localizar los aspectos que pueden dañar más la imagen del cliente; tener habilidad para detectar igualmente los puntos fuertes que tendrían que conformar esa idea pública; contar con experiencia en el manejo de los sumarios; disponer de una amplia red de contactos entre los medios de comunicación más prestigiosos; y tener la capacidad de adelantarse a los diferentes escenarios que puedan plantearse.

Solo con estas competencias podrá alguien ayudar a moldear ante la opinión pública la imagen de una persona o compañía que esté envuelta en problemas con la justicia, un proceso que se desarrolla al margen del procedimiento judicial pero anclado al mismo y en el que juega un papel decisivo la verdad. No puede construirse ningún edificio sin cimientos reales, ni siquiera el de la propia apariencia.