La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto en los últimos meses expedientes sancionadores a varios creadores de contenidos. Entre ellos, están Ibai, Jordi Wild y Nachter.
Estos tres influencers son catalogados como Usuario de Especial Relevancia (UER). Para serlo, los creadores de contenidos deben reunir una serie de requisitos: desarrollar una actividad económica que produzca ingresos significativos (más de 300.000 euros), que sea el responsable editorial de los contenidos, que tenga un impacto significativo en su comunidad (debe tener más de 1 millón de seguidores en una sola plataforma o 2 millones en todas ellas) y que su función fundamental sea la de informar, entretener o educar. Ibai cumple con todos ellos.
El hecho de ser catalogado como UER lleva aparejado, entre otras cosas, tener que cumplir con la Ley General de Comunicación Audiovisual, como ya lo hacen los grandes operadores de televisión.
Sancionados por hacer publicidad encubierta (Ibai), promocionar medicamentos sin respetar la normativa (Nachter) y emitir contenidos violentos (Jordi Wild).
Los tres expedientes abiertos a Ibai, Jordi Wild y Nachter fueron resueltos el pasado mes de junio por Competencia. Según los casos, el regulador les acusa de hacer publicidad encubierta (Ibai), promocionar medicamentos sin respetar la normativa (Nachter) o de emitir contenidos violentos (Jordi Wild).
En el caso de Ibai, la infracción detectada por Competencia fue en la red social X y consistió en promocionar la marca Coca-Cola durante La Velada sin identificar el carácter publicitario de la publicación. Ibai alegó que el contenido analizado por la CNMC tenía «un carácter promocional evidente por su propio contexto», por lo que «hacía innecesaria la inclusión de advertencias adicionales».

Sin embargo, Competencia no lo vio así y le impuso una multa de 710 euros. Como Ibai aceptó la infracción y procedió al pago voluntario de la sanción, se aplicó una rebaja del 20%. Por ello quedó finalmente en los 568 euros.
La sanción a Jordi Wild es por emitir contenidos violentos en su canal de YouTube. La infracción se produjo en concreto en la emisión en directo de “Dogfight Wild Tournament Tertium Mortis”, que se trata de un un torneo de artes marciales mixtas y que no contaba con la debida identificación para proteger a los menores.
La multa a Jordi Wild ha sido de 1.543 euros, pero -como Ibai- reconoció la infracción y pagó de forma anticipada, por lo que se le redujo a 1.241 euros.
Y el tercero de los casos analizados por Competencia es el de Nachter, que en su caso difundió una promoción de antigripales en su canal de Instagram y Facebook. La Ley General de Comunicación Audiovisual limita bastante la publicidad de medicamentos. En su defensa, Nachter alegó que la publicación fue puntual y sin intencionalidad, y que fue eliminada tan pronto tuvo conocimiento de la posible infracción. Pese a ello, el regulador le impuso una sanción de 1.779 euros, posteriormente rebajada a los 1.067 euros.
Para determinar las cuantías de estas multas, Competencia ha tenido en cuenta los ingresos declarados por los tres creadores de contenidos y su audiencia. La sanción máxima que les podrían haber impuesto era de 30.000 euros.













