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Havas Media recurrió ante un tribunal el concurso de Renfe

| 28 MARZO 2017 | ACTUALIZADO: 28 MARZO 2017 9:29

El concurso de medios de Renfe es uno de los más importantes en el ámbito público por su cuantía económica. El de este año ascendió a 57 millones de euros, que se repartirán en un periodo de tres años.

Solo Loterías y Apuestas del Estado invierte una cantidad mayor en publicidad si nos referimos a las empresas públicas. En este caso, la partida para este año está prevista en 65 millones de euros, destinada a las campañas de sus juegos.

Así las cosas, son muchas las agencias de medios que optaron este año por el macroconcurso publicitario de Renfe. En total, resultaron finalistas en el proceso público hasta 12 firmas, entre las que estaban las más importantes que operan en España.

Finalmente, la ganadora fue nuevamente Equmedia, compañía que ya había trabajado con Renfe durante los últimos años, al presentar la mejor oferta, que fue calificada con 97,97 puntos.

Como ya publicó DIRCOMFIDENCIAL, el concurso público se dilucidó mediante foto finish, pues Havas Media presentó una oferta también muy competitiva (97,90 puntos), ligeramente por debajo de la de Equmedia.

La agencia francesa decidió presentó una oferta puntuada solo siete centésimas por debajo de la de Equmedia.

Ante esta mínima diferencia (apenas 7 centésimas), Havas Media presentó una reclamación el 23 de enero ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, casi un mes más tarde de producirse la adjudicación a Equmedia, anunciada a las partes el 29 de diciembre del año pasado.

En su reclamación, la agencia de medios francesa alegó que la apertura del sobre C (oferta económica) «fue la única que se realizó en acto público y se hizo sin abrir el sobre B (oferta técnica) o sin informar de la valoración de la oferta técnica», según reza el recurso, al que ha tenido acceso este medio.

Recurso extemporáneo

Ante ello, la empresa pública adujo que «el recurso es extemporáneo» y, respecto a los motivos de fondo alegados, señalaba que «debían ser desestimados por cuanto la actuación de Renfe en relación con la apertura de las ofertas fue correcta y ajustada a lo establecido en los pliegos«.

En efecto, el citado Tribunal dio la razón a Renfe, pues Havas Media presentó su recurso tres días mas tarde de expirar el pazo legal, que son 15 días hábiles después de notificarse la adjudicación a las partes, es decir, el 20 de enero. No entró a valorar la segunda argumentación, pues la extemporaneidad ya anulaba automáticamente el recurso.

Por ello, el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales resolvió «inadmitir por extemporánea la reclamación presentada» por Havas Media. Con ello, Equmedia sigue siendo in ningún impedimento la agencia de medios de Renfe.