InfluencersMaría Pombo

Competencia quiere que el Gobierno rebaje el umbral de facturación de 500.000 € para la identificación de influencers

| 12 ENERO 2024 | ACTUALIZADO: 15 ENERO 2024 8:09

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sugiere al Gobierno que fije criterios más laxos para la calificación de influencer. El Ejecutivo aprobó hace un mes el proyecto de Real Decreto por el que se regulan los requisitos para ser considerado «usuario de especial relevancia» y, por tanto, para que estos asuman obligaciones propias de los prestadores de servicios de comunicación audiovisual, como la protección del público en general con especial atención a los menores, de acuerdo con la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual.

Este proyecto, que el Ministerio de Transformación Digital ha sometido a valoración externa mediante una audiencia pública, contempla como requisitos para la calificación oficial de influencer que el creador de contenido tenga unos ingresos superiores a los 500.000 euros anuales y al menos 2 millones de seguidores.

Competencia considera excesivos estos umbrales, tanto el económico como el de audiencia, y recomienda al Ejecutivo rebajarlos, acercándose a los niveles que registran otros países con este sector más afianzado. En concreto, este organismo plantea que el umbral de toda la facturación que procedan de su actividad se estime tomando de referencia los ingresos anuales medios de los influencers que hayan acumulado entre medio millón y un millón de seguidores, que realicen una publicación semanal en alguna de sus redes sociales, y hayan publicado más de 24 vídeos en un periodo determinado.

Esta cuantificación también debe contemplar, según recomienda el regulador, las retribuciones en especie, frecuentes en este ámbito, para promocionar productos y servicios, y eliminar la vinculación entre el umbral de audiencia a un ámbito temporal concreto.

Multas

Aunque la ley audiovisual está en vigor desde 2022, algunos de sus artículos, como el 94, que se refiere a los creadores de contenido, requieren un desarrollo. Esta normativa también determinará qué usuarios tienen prohibido difundir publicidad encubierta o subliminal, y relacionada con el tabaco, cigarrillos electrónicos o derivados, así como limitaciones con la comunicación sobre apuestas y juegos de azar de 1:00 a 5:00 de la madrugada.

Los creadores de contenido que incumplan con estas medidas se enfrentarán a sanciones comprendidas entre los 10.000 euros y los 1,5 millones de euros.