lobby

Los profesionales del lobby quieren que se tramite su regulación con urgencia

| 21 DICIEMBRE 2022 | ACTUALIZADO: 22 DICIEMBRE 2022 9:57

Los representantes del sector de lobby en España quieren que se tramite por el procedimiento de urgencia la ley que regula su actividad. Así lo ha solicitado la Asociación de Profesionales de Relaciones Institucionales (APRI) en sus observaciones al Anteproyecto de Ley de Transparencia e Integridad de los Grupos de Interés. Aseguran que de nada servirá el esfuerzo del Gobierno de regular la actividad si no se actúa con la suficiente celeridad para que se apruebe por las Cortes Generales antes de que finalice la legislatura.

Además, los profesionales del lobby en España, a la luz de lo sucedido en el Parlamento Europeo con el caso Qatargate, insisten en la importancia de regular la actividad no solo en tiempo, sino también de una forma adecuada.

En este aspecto, les preocupa las exclusiones en la obligatoriedad de registrarse para determinados grupos de interés. Para APRI, el principio básico de toda regulación de lobbies es que «es lobista quien hace lobby». Consideran que todo agente que desarrolle actividades de influencia por cuenta propia, a través de intermediarios o en representación de terceros debe considerarse grupo de interés y estar sujeto a los mismos derechos y obligaciones de la norma; ya sean patronales, sindicatos, asociaciones empresariales o colegios profesionales.

APRI considera que la inclusión de los mismos no limita sus derechos, sino que es un instrumento que añade transparencia y normas de conducta a sus actividades de influencia. De hecho, actualmente, muchas de estas organizaciones se encuentran ya inscritas desde hace tiempo en muchos de los registros de transparencia o grupos de interés ya existentes tanto en la UE, como en las Comunidades Autónomas u organismos públicos como la CNMC. En palabras del secretario de APRI, Esteban Egea, “excluir del registro a un tipo de grupo de interés cuando este grupo realiza actividades de influencia, solo conlleva que estas actividades se desarrollen en la opacidad y sin tener que responder al compromiso ético que establece la ley”.

Otra de las preocupaciones que expresa APRI respecto al Anteproyecto es la falta de equiparación de derechos y obligaciones para lobistas y servidores públicos. Aseguran que la redacción actual no equilibra las responsabilidades de grupos de interés y de los empleados públicos sujetos a la influencia, y reclama que, al igual que se establecen obligaciones a los grupos de interés, se deberían establecer las obligaciones legales de los empleados públicos, por ejemplo, en relación con el cumplimiento de transparencia de sus propias agendas y el registro de sus contactos con los grupos de interés. Dolores González Pastor, vocal del Comité de Regulación de APRI, subraya que “las obligaciones éticas han de ser equilibradas y aplicadas por ambas partes en el ámbito de su responsabilidad, tanto por parte del lobista o grupo de interés como por parte del responsable público sujeto de influencia”.

APRI se muestra preocupada por las exclusiones en la obligatoriedad de registrarse para determinados grupos de interés y la falta de equiparación de derechos y obligaciones para lobistas y servidores públicos.

Además de ello, APRI requiere que la futura norma recoja que el Registro deba estar adscrito a un órgano independiente funcional y orgánicamente, con potestad sancionadora propia para dotarlo de suficiente credibilidad desde el punto de vista funcional y administrativo, para que, en ningún caso, el órgano de control pueda entenderse que actúa como juez y parte resolviendo infracciones y sanciones del mismo Ejecutivo. La necesidad de esta supervisión independiente se ha puesto claramente de manifiesto en el Qatargate y es ahora mismo una de las prioridades de mejora que proponen las más altas instancias de la Unión.

Así, la asociación profesional pide que la norma desarrolle un régimen sancionador equilibrado para ambas partes, ya que sin una adecuado marco de definición de las infracciones y sanciones, las obligaciones impuestas tanto para lobistas como el personal público no se cumplirán y la ley quedará sin efecto en los objetivos que se propone.