José Domingo Gómez Castallo y María Luisa Giménez Gistau, director general y presidenta de Autocontrol, respectivamente.

Autocontrol da la razón a la Fundación Española del Aceite de Palma Sostenible contra la publicidad de dulce de leche Chimbote

| 16 JUNIO 2020 | ACTUALIZADO: 16 JUNIO 2020 13:27

Autocontrol ha emitido recientemente un dictamen en el que da la razón a la Fundación Española del Aceite de Palma en la reclamación presentada por esta entidad sobre la publicidad del dulce de leche de la marca Chimbote. En su dictamen, el Jurado afirma que la alegación ‘sin aceite de palma’ “podría confundir al consumidor medio, llevándole a concluir que la ausencia de aceite de palma es una característica singular del dulce de leche Chimbote”, cuando constituye una característica común a todos los productos de su género.

La reclamación fue presentada por la Fundación Española de Aceite de Palma el pasado 21 de abril contra la publicidad del dulce de leche “Chimbote”, propiedad de la empresa La Franco Argentine, por la mención “sin aceite de palma” incluida en la publicidad difundida en las webs www.lafrancoargentine.com y www.chimbote.com y en la red social Instagram.

Tras su análisis, el jurado finalmente ha considerado que dicha publicidad es engañosa y resulta incompatible con el principio de veracidad y el de respeto a la legalidad vigente, contemplados en su Código de Conducta. 

En concreto, el Jurado afirma que la publicidad reclamada da especial relevancia a la alegación “sin aceite de palma”, lo que podría confundir al consumidor medio, llevándole a concluir que la ausencia de aceite de palma es una característica singular del dulce de leche Chimbote, en comparación con otros dulces de leche del mercado, (y por ello la publicidad es contraria a las normas nº2 y nº14 del Código de Conducta Publicitaria y al artículo 7 del Reglamento UE 1169/2011 sobre información alimentaria al consumidor). 

Expone Autocontrol que la publicidad sólo podría ser considerada compatible con el Código de Conducta Publicitaria si, “La Franco Argentine aportase pruebas que desvirtuasen los argumentos de la Fundación, acreditasen que existen otros dulces de leche elaborados con aceite de palma y que la ausencia de este ingrediente no es, por tanto, una característica común a los productos del género”.