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Las radios aprueban un convenio colectivo con subidas salariales de hasta un 5%

| 17 DICIEMBRE 2024 | ACTUALIZADO: 18 DICIEMBRE 2024 8:57

Las emisoras de radio han aprobado un nuevo convenio colectivo con vigencia desde enero de 2024 hasta finales de 2026. La Asociación Española de Radiodifusión Comercial (AERC) y los sindicatos CC.OO. y UGT han acordado incluir en el documento mejoras salariales que van desde un 3% hasta un 5% para 2024. Para los dos años posteriores, el incremento será de un 3% para todos los trabajadores.

El nuevo convenio colectivo fija los salarios base mínimos, comprendidos entre los 16.500 y 17.500 euros para el grupo inferior entre 2024 y 2025, respectivamente, y los 21.800 y 23.000 euros para el grupo superior.

Los profesionales de las emisoras de radio que no disponen de convenio propio tendrán derecho a 23 días laborables de vacaciones. Hasta ahora, trabajar un domingo carecía de compensación económica, pero con el nuevo convenio, este día tendrá el mismo tratamiento que un día festivo.

Empresa y sindicatos también han alcanzado un acuerdo sobre lactancia, que permite a los empleados acumular el tiempo reservado para ello en periodos de hasta 15 días, y una actualización de las dietas, fijándose en 16 euros por comida en territorio nacional y 0,23 euros el kilómetros por desplazamientos en vehículo propio.

Las bajas por enfermedad de larga duración —por encima de los 20 días— se compensará por parte de las empresas hasta el 100% durante los primeros 45 días de la incapacidad temporal. Además, se han logrado introducir mejoras en permisos retribuidos, adaptando dichos permisos a la nueva legislación laboral.

El teletrabajo, aclara el documento, es voluntario tanto para el trabajador como para la empresa, y debe documentarse por escrito mediante un acuerdo individual. La realización del trabajo a distancia podrá ser reversible y la empresa debe asumir gastos relacionados con los equipos herramientas y medios.

IA

El nuevo convenio colectivo también se centra en la Inteligencia Artificial. En concreto, recoge la obligación de las empresas a respetar el derecho a la propiedad intelectual de los empleados, para que su voz sólo pueda utilizarse para la producción acordada por contrato.