Prisa

Prisa da por pérdida la venta de Media Capital y reclamará indemnizaciones

| 20 MARZO 2020

Fin de las negociaciones. Prisa da por roto el acuerdo para la compraventa de Media Capital después de que la portuguesa Cofina anunciase que no había cubierto la ampliación de capital necesaria para completar la operación.

El grupo de comunicación ha informado a la CNMV que el contrato ha quedado resuelto por el incumplimiento de Cofina. Considera que no ha respetado sus obligaciones contractuales, «a pesar de haber manifestado en distintas ocasiones que disponía de los compromisos necesarios para financiar el importe suficiente».

Prisa reitera que no recibió ningún tipo de comunicación por parte de Cofina sobre su «supuesta imposibilidad de completar el aumento de capital ni de su voluntad de desistir de su ejecución». Asimismo, sostiene que en los últimos siete días tampoco ha presentado ninguna propuesta de modificación del contrato.

La ampliación por valor de 189 millones de euros con la que Cofina pretendía financiar la operación era la última condición pendiente de resolver. Así pues, su anulación definitiva da luz verde a Prisa para mover ficha en el terreno judicial.

Como ya adelantó este medio, la compañía ha contratado los servicios de Gómez-Acebo & Pombo, que ya prestó asesoramiento en las negociaciones de la venta, para defender sus intereses y reclamar indemnizaciones. Una dura ofensiva legal se sumarán Pérez-Llorca y la firma portuguesa Vieira de Almeida, según Vozpópuli.

Prisa alegará en su defensa el haber actuado en todo momento de buena fe a lo largo del proceso. Entre las indemnizaciones a reclamar figura la cláusula que obligaba a Cofina a pagar 10 millones de euros en el caso de echarse atrás.

Sin embargo, el grupo portugués se niega a pagar esta cantidad porque, en su opinión, no ha incumplido el contrato sino que hay que renegociarlo. Argumento al que Prisa no da validez al entender que no procede una modificación del contrato de compraventa para el restablecimiento del equilibrio de “las respectivas prestaciones recíprocas conforme a los principios de buena fe, al haberse producido un incumplimiento previo de dicho contrato por parte de Cofina”.