El Tribunal Regional de la ciudad alemana de Leipzig ha fallado contra el pixel y los kits de desarrollo de Meta presentes en muchas webs y aplicaciones de otros propietarios.
Argumenta que se trata de una violación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) por incumplir la obligación del consentimiento de los usuarios, tal y como lo describe en su artículo 4 (libre, específico, informado e inequívoco).
Esta decisión resuelve la demanda de un usuario alemán de Facebook contra Meta por la proliferación de su tecnología de seguimiento en espacios de terceros. Como consecuencia, el gigante tecnológico tendrá que pagarle 5.000 euros, pero lo más importante del fallo es que sienta precedente y abre un posible camino para procesos similares en Europa.
De hecho, el tribunal explica en un comunicado que aquellos alemanes que puedan «demostrar explícitamente daños individuales» tienen ahora una posibilidad de reclamar ante la Justicia. Y a su vez expone a todas las webs y aplicaciones que operan en el país con esa tecnología de seguimiento a posibles demandas.
En el mismo comunicado se señala que Meta «viola masivamente» la regulación de protección de datos mediante el procesamiento de datos personales para perfilar usuarios con fines comerciales. Y gracias a esa práctica genera miles de millones en beneficios «aunque no hayan iniciado sesión con su cuenta de Instagram o Facebook».
Además, el tribunal pone el acento en que esos datos se envían después a países de todo el mundo, especialmente a EEUU. Todo ello estaría contribuyendo a una sensación de espionaje continuo de las vidas de un número significativo de usuarios.
Un tribunal de Leipzig falla que no existe el consentimiento informado, libre, específico e inequívoco que exige el Reglamento General de Protección de Datos.
Para determinar la cantidad que Meta debe pagar al usuario que presentó la demanda ha apelado al artículo 82 del RGPD, en el que se establece el derecho a pedir una compensación por uso inadecuado de datos. Y también ha calculado el valor de la información personal obtenida por la compañía en relación con lo que habría cobrado por anuncios segmentados. La referencia es la de los 115.000 millones de facturación publicitaria de 2021.
Si este nuevo varapalo escala generaría otro frente más para el negocio tradicional de Meta en la Unión Europea: en octubre de 2023 la autoridad noruega de protección de datos logró el respaldo del consejo que reúne a sus homólogas para prohibirle el procesamiento de información personal de cara a servir publicidad comportamental; y en julio del año pasado la Comisión Europea la acusó de incumplir la Directiva de Mercados Digitales por obligar a sus usuarios a pagar o ser rastreados, y esa primera versión del esquema desembocó en una multa de 200 millones de euros en abril.










