Unión europea

La Unión Europea prohíbe a Meta que procese información personal para publicidad comportamental

| 2 NOVIEMBRE 2023 | ACTUALIZADO: 3 NOVIEMBRE 2023 8:58

La autoridad noruega de protección de datos (Datatilsynet) ha conseguido el respaldo del consejo que reúne a todas las agencias homólogas de la Unión Europea (EDPB) para prohibir de forma urgente que Meta siga procesando datos personales de usuarios para servir publicidad basada en comportamiento. Esa medida estará en vigor hasta nuevo aviso y fue adoptada formalmente el 27 de octubre, si bien no fue comunicada a la compañía hasta cuatro días después por parte de la autoridad irlandesa de protección de datos (DPC).

Esta situación supone un serio varapalo para las prácticas de Meta en Instagram y Facebook que hacen posible gran parte de su facturación publicitaria. Y se da como reverberación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de julio, que determinaba ilegal la recopilación de datos de personas para servirles publicidad personalizada, sin consentimiento explícito y en base al concepto de “interés legítimo”.

Días después de ese fallo, Datatilsynet tomó la iniciativa en su aplicación amparada en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que habilita a agencias nacionales a tomar decisiones de este tipo por un plazo de tres meses en “casos de urgencia”. Con ese paraguas legal, la agencia noruega ordenó al gigante de la web social que dejase de mostrar anuncios segmentados con información obtenida de esa forma. Y además elevó al EDPB la petición de extender la medida a todos los países de la UE. El incumplimiento de lo ordenado por el regulador noruego implicaba el pago de casi 90.000 euros diarios a contar a partir del 4 de agosto.

La compañía se avino en principio a satisfacer esas exigencias, aunque ya en septiembre Datatilsynet presentó una demanda contra ella por considerar que había usado datos de la actividad de usuarios como ubicación o historial del navegador para servirles publicidad personalizada. Ese frente seguía a otro abierto por DPC en mayo, cuando multó a Meta con 1.200 millones de dólares por sus prácticas de manejo de información de usuarios europeos. Esa sanción vino acompañada de una decisión trascendental al invalidar el argumento de que la aceptación de términos y condiciones por parte de los usuarios era viable como consentimiento para la recogida de información personal.

Ahora la agencia irlandesa tendrá que velar por el cumplimiento de esta decisión del EDPB en calidad de regulador comunitario porque Meta tiene su sede europea en ese país. En las dos próximas semanas tendrá que ultimar las medidas vinculadas a ella y una semana después entrarán en vigor. Justo para tratar de evitar este escenario, el gigante tecnológico presentó hace algunos días un plan de suscripción para Facebook e Instagram, con intención de aprovechar la posibilidad sugerida en la sentencia del TJUE sobre la eventual existencia de una alternativa de pago como aval viable a su modelo actual.