La Justicia europea falla contra el uso de datos por tiempo indefinido en Meta
El plazo de explotación de la información de usuarios europeos por parte de los gigantes tecnológicos está en entredicho. En lo que supone una nueva victoria del abogado activista por la privacidad Max Schrems, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha apoyado su demanda sobre que el cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) requiere límites en la utilización comercial de esa información en el caso de Meta.
Esta decisión da respuesta al proceso iniciado por Schrems en Austria en 2014, si bien no fue hasta 2020 cuando la causa fue realmente evaluada respecto a las violaciones del RGPD que alegaba. El Tribunal Supremo de ese país elevó cuatro cuestiones legales sobre él al TJUE en 2021 y la respuesta a dos de ellas tomaron forma en un fallo de 2023.
La mitad restante conforma la base de la nueva resolución, en la que la instancia más alta de la Justicia Europea apoya la tesis de que la minimización de uso de datos que fija el RGPD no es compatible con que compañías como Meta mantengan indefinidamente los que han obtenido en el tiempo. Y de hecho deben crear protocolos para eliminar gradualmente la información innecesaria o dejar de utilizarla con fines comerciales.
En la demanda presentada por Schrems se señala que Facebook ha estado recopilando datos de usuarios europeos desde 2004, y que ese conjunto incluye información introducida por ellos, por otros usuarios o recogida mediante el seguimiento de navegación. Todo ello podría entrar en conflicto con el artículo 5(1) del RGPD, que obliga a que las compañías procesen el mínimo indispensable de información.
El abogado austriaco Max Schrems ve validado el fondo de su demanda sobre minimización del uso de datos y obtiene una nueva victoria.
De hecho el abogado austriaco considera que ese principio implica de por sí una restricción radical al uso de datos orientados a servir publicidad personalizada, al aplicarse al margen de la cobertura legal usada para obtener la información. Y por tanto de un consentimiento no se infiere un uso indefinido de los datos a los que da acceso.
Ahora queda por ver en que se sustancia la decisión del TJUE en torno al caso concreto de Meta. Las partes aún no han podido acceder al fallo completo del tribunal, que ha avalado igualmente la otra cuestión vinculada al uso de información sensible de manera retroactiva al momento en el que fue indicada y con un propósito diferente. Eso alude igualmente al negocio publicitario en base a datos previos.